Tras la aprobación del TED surgen las dudas sobre el Comité Electoral

Mediante la Resolución TED-SCZ-CSP N.° 036/2023, emitida  el 28 de junio pasado, el Tribunal Departamental Electoral (TED), determinó como procedente la solicitud de supervisión de la elección de consejeros de Administración y Vigilancia de la Cooperativa de Servicios Públicos Montero R.L, (Cosmol RL) además de establecer los plazos para la presentación de los requisitos exigidos por esta instancia, como la designación de los funcionarios y vocales que tendrán bajo su responsabilidad los comicios.

La resolución del TED, que se conoce fue recibida recién de manera oficial por Cosmol RL, este 05 de julio, establece que en un plazo no mayor a cinco días posteriores a la notificación con este documento, debe comunicar al Tribunal Electoral, la fecha de elección del Comité Electoral.

Asimismo, establece, que cinco días después de cumplido este requisito -el de conformación del Comité Electoral-, la cooperativa debe presentar la Convocatoria y el Calendario Electoral de la elección de Consejeros de Administración y de Vigilancia, en un plazo no mayor a cinco días hábiles.

La misma resolución, establece que de no cumplir con estas determinaciones, se desestimará la solicitud de supervisión de las elecciones. Por lo que los responsables de llevar adelante los pasos necesarios deben hacerlo en el menor tiempo posible.

COMITÉ ELECTORAL SE REÚNE

Una vez que ya se tiene la aprobación del TED para continuar con los procesos hasta llegar a los comicios en los que se elegirán los nuevos consejeros de Administración y Vigilancia de Cosmol RL, los miembros del Comité Electoral que fue elegido en asamblea de socios el 9 de julio de 2022, se reunirá hoy, con la finalidad de analizar el documento y hacer conocer algunas observaciones que puedan surgir, aunque el presidente de esta instancia, Carlos Jorge Villarroel Justiniano, adelantó que la premisa es no dilatar más las elecciones de la cooperativa, que calificó de necesarias.

Según Villarroel, del análisis preliminar que se hizo a esta resolución se evidenciaron algunos elementos “sobre todo de forma y no de fondo”, los mismos que se analizarán hoy con los cinco delegados del Comité Electoral.

“La resolución es ambigua en el punto precisamente del Comité Electoral, porque omite el parágrafo 3 del Artículo 12 del Reglamento de Supervisión Para la Elección de Autoridades de Administración y Vigilancia de las Cooperativas de Servicios Públicos, en el que se establece que las cooperativas que ya cumplieron con el requisito de elegir su Comité Electoral, de acuerdo al reglamento y estatutos de la la institución, pueden avalar su desempeño del mismo”.

Villarroel, admite que hay una duda en este aspecto y adelantó que se planteará buscar certidumbre a través de la Gerencia de Cosmol RL, como de Federación Nacional de Cooperativas de Servicio de Agua y Saneamiento (Fencopas), que ante la ausencia de consejeros en la cooperativa, está a cargo de este proceso. 

“Acá lo importante es que se avanzó de gran manera al tener aprobada la supervisión, ahora lo que toca es que tanto la cooperativa como Fencopas agilicen los procesos, ya sea para que se ratifique el Comité Electoral o se elija uno nuevo en asamblea, como disponga el TED, con tal de no seguir prolongando los comicios”, indicó Villarroel, al recordar que los plazos ya están corriendo y las consultas al TED se deben hacer lo antes posible.

Se buscó la versión del gerente de Cosmol RL, Vladimir Medina, pero no pudo ser contactado vía telefónica, para conocer qué procedimientos se seguirán, ya que se debe aclarar si será necesario elegir en asamblea un nuevo Comité Electoral o el TED validará el que fue elegido en julio del año pasado en una asamblea, más aún cuando la resolución del Órgano Electoral Departamental, establece que en caso de incumplimiento se desestimará la supervisión.

Segunda JLC
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